-NIC/NIIF

Información práctica sobre la reforma contable en vigor desde enero de 2008

  1. ¿Qué son las Normas NIC/NIIF?

  2. ¿Qué objetivo tienen las Normas NIC/NIIF?

  3. ¿A quién afecta y cuándo?

  4. ¿Exactamente cuando se incorporan las NIC/NIIF en mi empresa?

  5. ¿Cómo se ha visto afectada la Contabilidad Española?

  6. ¿Qué cambios introduce en el Plan General Contable Español actual?

  7. ¿Cómo se pasará en la práctica de las Cuentas Anuales con el viejo PGC a la nueva contabilidad?

 

¿Qué son las Normas NIC/NIIF?

Las NIIF (Normas Internacionales de Información Financiera) son elaboradas desde 1973 por el IASC (Comité de Normas Internacionales de Contabilidad) posterior IASB desde 2001 (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad) a fin de desarrollar una normativa clara y uniforme referente a las normas de valoración aplicables a cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas sociales, bancos y otras entidades financieras.

Las NIC (Normas Internacionales de Contabilidad) establecen en definitiva qué información debe presentarse y cómo han de presentarse los estados financieros y contables.

¿Qué objetivo tienen las Normas NIC/NIIF?

  • Reflejar la esencia económica de las operaciones de un negocio

  • Presentar una imagen fiel de la situación financiera de un negocio

  • Unificar la normativa contable de los países miembros de la Unión Europea.

¿A quién afecta y cuándo?

Las NIC/NIIF en principio obligatorias únicamente para las sociedades cotizadas (y en sus cuentas consolidadas), han sido incorporadas por varios países, entre ellos España, para garantizar una convergencia contable en torno a las NIC/NIIF en las cuentas de las sociedades no cotizadas europeas.

Serán de aplicación en España:

Las Sociedades cotizadas en mercados europeos

  • Cuentas Consolidadas: Se aplica NIC/NIIF desde 2005

  • Cuentas Individuales: Se aplica Normativa española

Las Sociedades con bonos cotizados en mercados europeos

  • Cuentas Consolidadas: Se aplica NIC/NIIF desde 2005

  • Cuentas Individuales: Se aplica Normativa española

Bancos y Entidades de Crédito

  • Tanto en Cuentas Consolidadas como individuales, desde el 1 de enero 2005 deben aplicar la Circular 4/2004 del Banco de España.

Resto de Sociedades (Empresas no cotizadas y PYMES)

¿Exactamente cuando se incorporan las NIC/NIIF en mi empresa?

A partir del 1 de Enero de 2008 aquellas empresas que cierren  ejercicio el 31 de diciembre.

¿Y si cierra ejercicio en otro mes, por ejemplo, el 30 de junio?

Deberán aplicarse el ejercicio que cerrará el 30 de junio de 2009.

¿Cómo se ha visto afectada la Contabilidad Española?

El proceso de adaptación de la Contabilidad Española se inició con la aprobación del Proyecto de Ley de Reforma Mercantil en materia contable, el 5 de julio de 2007 se publicó en el BOE la Ley 16/2007, de 4 de Julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional, con base a la normativa de la Unión Europea y que obliga a todas las empresas españolas a adaptarse contable y fiscalmente a la nueva normativa.

Con esta ley se modifica el Código de Comercio, así como el Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas y la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada, afectando por tanto a la gran mayoría de empresas españolas que deberán adaptarse a tales normas desde ahora, para poder iniciar el nuevo ejercicio 2008 cumpliendo los requisitos del nuevo marco legislativo.

En esta línea, finalmente, elaborados por el Ministerio de Economía y Hacienda, a través del ICAC, por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, se aprueba el Plan General de Contabilidad, publicado en el BOE el 20 de noviembre siguiente y por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre, se aprueba el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas y los criterios contables específicos para microempresas.

¿Qué cambios introduce en el Plan General Contable Español actual?

En el nuevo Plan General de Contabilidad. (Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre), podemos contemplar 3 grupos principales de cambios:

En cuanto a las cuentas contables:

  • Cambios sustanciales en el plan de cuentas actual.

    • Aparecen 331 nuevas cuentas.

    • Se anulan 120.

    • Cambian de valor y aplicación contable otras 202.

  • Aparición de dos nuevos grupos contables.

    • Grupo 8: Gastos imputables al patrimonio neto.

    • Grupo 9: Ingresos imputables al patrimonio neto.

  • Cambio en la contabilización de algunas operaciones.

En cuanto a cuentas anuales y libros contables:

  • Dos nuevos informes de cuentas anuales.

  • Estado de cambios en el patrimonio neto.

  • Estado de flujos de efectivo.

  • Cambios en la estructura del Balance de Situación y de la Cuenta de Explotación.

  • Mayor detalle en la memoria.

En cuanto a criterios de valoración y conceptos

  • Nuevo criterio de valoración de los activos: Valor razonable.

  • Criterios de valoración de las existencias:

    • Precio medio ponderado (con carácter general).

    • FIFO (aceptable si la empresa lo considera conveniente).

    • Queda excluido como método aceptable el LIFO.

 Reordenación de los Inmovilizados:

  • Desaparecen los Gastos de Constitución y Establecimiento.

  • El Inmovilizado Inmaterial se llamará Inmovilizado Intangible.

  • Aparece un nuevo inmovilizado: Inversiones inmobiliarias.

  • Se distingue entre inmovilizado para uso propio o como inversión. 

  • El Fondo de Comercio ya no se amortiza.

  • Nuevo concepto de empresas participadas:

    • Empresas del grupo.

    • Empresas asociadas.

    • Otras partes vinculadas.

    • Otras empresas.

Otras variaciones.

¿Cómo se pasará en la práctica de las Cuentas Anuales con el viejo PGC a la nueva contabilidad?

Las empresas deberán elaborar un balance de apertura (balance comparativo) en el inicio del nuevo ejercicio, registrando los ajustes necesarios en una o varias cuentas de reservas.

   

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