Cuando existen deudas con Hacienda o Seguridad Social, la Administración tiene la facultad de embargar a empresas y autónomos el dinero que ingresan con su Terminal Punto de Venta (TPV) o datáfono, antes incluso de que llegue a su cuenta bancaria.

Hasta ahora, la Administración ya podía embargar cuentas de cualquier empresa con deudas, pero el procedimiento no era tan rápido. En el caso del TPV, el dinero tarda en llegar a la cuenta de la empresa, por lo que el banco puede retener esos ingresos antes de que los reciba la empresa, lo que en el caso de pequeñas empresas y comercios, al dejarles sin posibilidad de facturar a sus clientes, les obliga a adoptar medidas urgentes.

¿Qué se puede hacer cuando te embargan el TPV?

Ante el embargo del TPV la solución no es cambiar de banco, pues en pocos días el nuevo TPV estará en la misma situación, ni cobrar sólo en efectivo, lo que además de muy mala imagen con los clientes, puede generar otros problemas, responsabilidades o sanciones.

La únicas soluciones reales son o pagar la deuda de Seguridad Social o la AEAT  causante del embargo, o bien solicitar un concurso de acreedores.

Solicitar concurso de acreedores nos permitirá continuar con la actividad de la empresa pero libres de embargos y ejecuciones hasta superar la insolvencia, así como también cerrar y liquidar la empresa en el caso de que consideremos que no podemos continuar, dejando siempre a salvo nuestra responsabilidad personal.

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